El presupuesto de la nación para el año 2017 debe ser presentado ante la
Sala Constitucional, así lo determinó el Tribunal Supremo de Justicia.
El máximo ente judicial sustentó la decisión en “el desacato que
voluntariamente mantiene un grupo mayoritario de diputados que
actualmente integran la Asamblea Nacional”.
En una nota de prensa, el TSJ aleja que la decisión se debe “a la
imperiosa necesidad de cumplir una fase del proceso de formación
jurídica del presupuesto nacional, ante el deber de honrar los
postulados de separación y equilibrio entre los poderes que conforman el
Poder Público y con el propósito de mantener el funcionamiento del
Estado, la garantía de los derechos fundamentales y el orden
constitucional”.
Asimismo, la decisión se fundamenta “en el
desacato que voluntariamente mantiene un grupo mayoritario de diputados
que actualmente integran la Asamblea Nacional, respecto de sentencias
del TSJ y de la Constitución, así como también en el Estado de Excepción
y Emergencia Económica, declarado constitucional por la Sala
en sentencia N° 810 del 21 de septiembre de 2016, cuya ampliación fue
solicitada el pasado 3 de octubre por el Presidente de la República
Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, de conformidad con la
previsión contenida en el artículo 252 del Código de Procedimiento
Civil”.
Caracas.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) aprobó este martes que el presupuesto de la nación para el año 2017 sea presentado por el presidente Nicolás Maduro ante la Sala Constitucional, bajo la forma normativa de Decreto que tendrá Rango y Fuerza de Ley, y no ante la Asamblea Nacional. |
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