CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL.-
Título
Preliminar, reúne las disposiciones fundamentales o principios formativos del
proceso que informan toda la estructura del Código. Divide su contenido en
cuatro libros.
1. El Libro Primero contiene
las disposiciones que conforman la Teoría General del Proceso y se ordena en
forma metódica en nueve Títulos.
2. El Libro Segundo trata del
Procedimiento Ordinario.
3. El Libro Tercero está
dedicado al Procedimiento Cautelar
4. Libro Cuarto a los Procedimientos Especiales.
Es
importante destacar entre sus innovaciones:
1.-La figura del juez y la jurisdicción:
El Código parte de la jurisdicción y del juez que la ejerce. Se concibe la
actividad de las partes en función del poder del juez. La función del juez es
principal y decisiva, como instrumento del Estado encargado de dirigir y de
prestar un servicio público como es la justicia. El Juez es el director del
proceso. También trae el Código un freno a la libertad del juez, como es su
responsabilidad por las faltas y delitos que cometa en el ejercicio de sus
funciones y por denegación de justicia.
2.-La celeridad procesal: La estructura
del proceso tiene su tesis (demanda) su antítesis (contestación) y su síntesis
(sentencia). La celeridad está orientada a lograr con mayor prontitud la
síntesis. Se destaca como factores para lograr la celeridad: la facultad del
juez de dirigir el proceso e impulsarlo de oficio hasta su conclusión; la
facultad concedida al actor, de gestionar la citación personal del demandado;
las perenciones por falta de gestión; la citación presunta, las cuestiones
previas.
3.-La garantía de la defensa: está
materializado con la contestación de la demanda. Se aleja la posibilidad de la
confesión ficta cuando se amplía el lapso para la contestación de la demanda.
4.-La igualdad y lealtad en el proceso: no
sólo busca la igualdad económica mediante la institución de la justicia
gratuita para quienes no tuvieren los medios suficientes, sino la igualdad de
trato jurídico y de oportunidades en el desarrollo del procedimiento, lo cual
se extiende a los términos y recursos.
5.-Los Recursos: se sistematizan todos en
el Libro Primero comenzando por el de apelación. Admite la apelación de las
sentencias interlocutorias en el solo efecto devolutivo.
Código Orgánico Procesal Penal.-
Título Preliminar comprende
los principios generales llamados a regular el ejercicio de la jurisdicción
penal. Tiene por finalidad presentar una visión global del sistema procesal. La
primera de las disposiciones prevé el derecho a un juicio previo y al debido
proceso. Esto es la ratificación de principios previstos en la Constitución y
Convenios internacionales ratificados por Venezuela. Sobre el debido proceso se
reitera la necesidad de un juez imparcial, ajeno a cualquier otro interés que
no sea el de administrar justicia y que el juicio se efectúe sin dilaciones
indebidas. Consta de Cinco Libros y un
Libro Final. La materia cubierta por los Cinco Libros se divide así:
1. El Libro Primero trata la
parte general del procedimiento penal y todo lo relativo al régimen de la acción
penal y la acción civil
2. El Libro Segundo se refiere
al procedimiento ordinario
3. El Libro Tercero regula los
procedimientos Especiales
4. El Libro Cuarto contiene
los recursos
5. El Libro Quinto regula la
ejecución de la sentencia
6. El Libro Final se refiere
a la vigencia, régimen procesal transitorio, la organización de los tribunales,
del Ministerio Público y de la defensa pública, para la actuación en el
proceso.
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