lunes, 18 de mayo de 2015

CLASE DE DERECHO PENAL 12/05/2015

TEMA Nº2

FUENTES DEL DERECHO PENAL
 


FUENTES                                            F. DE PRODUCCIÓN: autoridad o voluntad que dicta las normas                penales
DEL DERECHO PENAL                     F. DE CONOCIMIENTO: la forma en que la norma asume la vida               social
                                                                              Directa – La Ley                Ley Sustantiva
                                                                                                                             Ley Objetiva
                                                                              Indirecta             – Analogía                        
-Jurisprudencia               
-Costumbre
-Doctrina




ETAPAS DE PRODUCCION DE LA LEY
Concepto de Ley: Artículo 202 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.
La ley es el acto sancionado por la Asamblea Nacional como cuerpo legislador.
Etapas: Iniciativa, Discusión, Sanción, Promulgación y Publicación

CARACTERISTICAS DE LA LEY PENAL:
1.       GARANTISTA
2.       SANCIONADOR
3.       OBLIGATORIO
4.       IGUALITARIA
5.       INCLUSIVA
6.       EXCLUSIVA (principio de legalidad – 49 constitucional y 1 del código penal)

La Ley es la fuente formal directa (conocimiento) encierra en sí misma la norma jurídica.
La analogía no se aplica en el derecho penal
La Costumbre no se palica en el derecho penal
La doctrina constituye argumentos de autoridad y se presenta como fuente indirecta del derecho penal
La jurisprudencia: toda jurisprudencia es una sentencia, no toda sentencia es una jurisprudencia. Constituye fuente indirecta del derecho penal.  El artículo 335 de la CRBV establece el control difuso (todos los jueces de la republica desaplicaran artículos de la ley en casos específicos sin repercusión en otros casos similares; y el control concentrado atribuido solo a la sala constitucional  la cual puede anular artículos de alguna norma o leyes si así lo considerase.


Caracteres de la Ley Penal (Hernando Grisanti Avelado)
1.       Exclusiva: en virtud del principio de la legalidad de los delitos y de las penas, es la única fuente propia y verdadera del derecho penal.
2.       Es Liberal: consagra la garantía de la libertad, solo entra en juego cuando una persona comete un acto consagrado en la ley penal como delito.
3.       Es obligatoria: tiene fuerza vinculatoria, obliga a todas las personas que se encuentran en el territorio de la republica y en ciertos casos la ley penal obliga a los autores de delitos perpetrados en el extranjero.
4.       Es ineludible: solamente puede ser derogada por otra ley penal
5.       Es igualitaria: rige por igual en todos los casos a todas las personas, sin distinciones o discriminaciones.
6.       Es constitucional: para que la ley penal sea plenamente valida, debe adaptarse plenamente, en el fondo y en la forma, a la constitución nacional






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